El pasado día 28 de julio de 2016 se produjo la publicación en el BOJA de la Orden de modernización y fomento de la artesanía en Andalucía
La Consejería de Empleo destinará un total de 914.132 euros dirigidos, por un lado, a asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos/as, sin ánimo de lucro (66.666 euros), y por otro, a empresas artesanas, tanto si de trata de personas físicas o jurídicas (847.466 euros).
- Objetivo:
Los objetivos que persigue la presente Orden de subvenciones son básicamente, incrementar la comercialización de los productos artesanos andaluces y ponerlos en valor, así como modernizar los talleres y empresas artesanas.Impulsar el asociacionismo en todos sus niveles y apoyar la creación y consolidación de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de artesanos y artesanas, así como la identificación geográfica de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal de la Comunidad Autónoma Andaluza ya declarados, y la difusión y promoción del distintivo «Andalucía, calidad artesanal», que acredita la procedencia de los productos artesanos andaluces y su elaboración artesanal.
- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones:
Las asociaciones, Federaciones y Confederaciones de artesanos y artesanas, sin ánimo de lucro (ARA).
- Las empresas artesanas, ya sean personas físicas o jurídicas.
- Conceptos Subvencionables:
- En el supuesto de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Artesanos y Artesanas (ARA):
- La organización de ferias o muestras de artesania solo será subvencionable tres muestras durante el año, con el límite máximo de 18.000 € para cada una de ellas.
- Contratación de una persona gerente con el límite máximo de 18.000 € para un contrato de 12 meses.
- Contratación de una persona administrativa con el límite máximo de 15.000 € para un contrato de 12 meses.
- Diseño, edición de revista y catálogo de productos, límite máximo de 5.000 €.
2.En el supuesto de Empresas, personas físicas o jurídicas, Artesanas (ARE):
a. Gastos corrientes:
- La adquisición, en regimen de propiedad, de bienes de equipo, de pequeña maquinaria, herramientas y utillaje de precio unitario inferior a 300 €, asi como la adquisición de materiales para el desempeño de la actividad con el límite de 6.000 €.
- Participación en ferias y certámenes comerciales con el límite máximo de 3.000 €.
- Diseño y edición de catálogos de productos, límite máximo 3.000 €.
- Gastos de alquiler del local, límite máximo 5.000 € para contrato de 12 meses.
- Adquisición de señalética, etiquetas y embalajes con el límite máximo de 1.000 €.
b. Gastos de capital:
- Adquisición de maquinaria, herramientas y utillaje y otros bienes inventariables de precio unitario igual o superior a 300 € y cuyo periodo de utilización sea superior a un año, límite máximo 1.000 €.
- Actuaciones de remodelación del taller artesanal, adquisición de rótulos o placas indentificativas con el límite máximo de 5.000 €.
- Cuantía de las subvenciones:
Los beneficiarios podrán optar hasta un 80 % del coste incentivable en todos los conceptos subvencionables, excepto en la línea para empresas artesanas para participación en ferias y certámenes comerciales, que es hasta el 50 %.
- Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
Como principal requisito se establece estar inscrito con anterioridad a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, en la sección correspondiente del Registo de Artesanos de Andalucía.
- Plazo de presentacion de las solicitudes:
En las próximas semanas se publicará en BOJA la convocatoria de estas subvenciones. Se trata de una convocatoria en concurrencia competitiva, en la que se valorará especialmente la creación de empleo (y de forma particular la creación de empleo femenino) en la finalidad de las solicitudes presentadas.